¿Qué es lo que deben y no deben hacer los agentes de cobranza?
Tras un adeudo, no solo tú tienes obligaciones, también los despachos de cobranza tienen límites legales y deben cumplir con ciertos requisitos.
Sin duda, tras la crisis económica que provocó la pandemia de COVID-19, varias personas tienen que enfrentarse a la deuda y su respectiva cobranza.
Por lo anterior, las instituciones financieras pondrán manos a la obra para cobrar las cuotas vencidas, aun a sus clientes más puntuales.
Sin embargo, en ocasiones, los agentes de cobranza se salen de los límites legales permitidos para realizar esta actividad.
Ante esta situación, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) cuenta con el Registro de Despachos de Cobranza (Redeco) en la que puedes:
- Conocer con cuáles Despachos de Cobranza trabajan las Entidades Financieras
- Encontrar información oficial de los Despachos de Cobranza
- Presentar una queja contra algún despacho de cobranza que no respete tus derechos
A continuación, te dejamos una serie de acciones que los agentes de cobranza deben hacer:
- Dirigirse al deudor de manera respetuosa y educada
- Comunicarse o presentarse en un horario de 7:00 a 22:00 horas, de acuerdo con los horarios en que se encuentre el deudor
- Documentar por escrito con el deudor el acuerdo de pago en caso de haberlo e indicar los términos y condiciones
- Tratar los datos personales de conformidad con la normativa aplicable en la materia
Los agentes de cobranza no deben:
- Recibir pagos en efectivo ni depósitos a cuentas de particulares; cualquier depósito tendrá que ser hecho directamente en la sucursal bancaria o de la financiera correspondiente
- Utilizar nombres o denominaciones que se asemejen a los de instituciones públicas
- Utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como ‘confidencial, ‘oculto’ o ‘privado’, así como utilizar números distintos a los registrados en el Redeco
- Amenazar, ofender o intimidar al deudor, sus familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda
- Realizar gestiones de cobro a terceros, incluidas las referencias personales y beneficiarios, con excepción de deudores solidarios o avales
- Enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad
- Establecer registros especiales, distintos a los ya existentes, listas negras, cartelones, o anuncios, que hagan del conocimiento del público la negativa de pago de los deudores
- Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración con menores de edad o adultos mayores, salvo que en el último supuesto se trate de los deudores
- Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración, de los créditos, préstamos o financiamientos, en un domicilio, teléfono o correo electrónico distinto al proporcionado por la Entidad Financiera, deudor u obligado solidario o aval.
¿Cómo puedo presentar mi queja?
En caso de que algún agente de cobranza haya sobrepasado los límites legales, puedes poner una queja a través del Redeco.
El trámite es gratuito y puedes darle seguimiento a través del portal.
Solo tienes que:
- Entrar al sitio web de la Condusef dando clic aquí
- Identificar a la Entidad Financiera con la que tienes o te dicen tener algún crédito
- Ubicar al despacho de cobranza que estableció contacto contigo
- Selecciona la causa o causas de tu queja
- Conserva el número de folio que genera el sistema, así como el número telefónico y el correo electrónico que señalaste al momento de presentar la queja
Fuentes: Condusef, Entrepreneur y El Economista
Portada e interiores: Pixabay y Condusef