¿Qué hacer si reducen o no me dan mi aguinaldo 2020?
Todos los empleados, sin excepción, deben recibir su aguinaldo antes del 20 de diciembre. Conoce qué hacer si no te lo dan.
Los trabajadores en México tienen derecho a recibir el aguinaldo cada año por la prestación de sus servicios.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) menciona que las personas que tienen una relación laboral con un empleador deben recibir aguinaldo.
Este derecho está garantizado por el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
Durante la pandemia de COVID-19 muchos tienen la duda sobre los cambios que podrá tener el aguinaldo, si es posible que se reduzca o que incluso no lo reciban.
En este artículo te explicamos cuánto corresponde de aguinaldo por ley, cómo calcularlo y qué pasará con este derecho durante la contingencia.
¿Qué es el aguinaldo?
El aguinaldo es un derecho respaldado en la Ley Federal del Trabajo que debe otorgarse a todos los empleados del país.
De acuerdo con el artículo 87 de dicha ley, todas las personas deben recibir cada año un aguinaldo correspondiente a quince días de salario como mínimo.
La Profedet estipula que el aguinaldo debe entregarse a los trabajadores, aunque no hayan laborado todo el año.
En este último caso, el empleador deberá otorgar la parte correspondiente al tiempo trabajado.
Si una persona terminó relaciones laborales antes de la fecha de entrega de aguinaldo, tiene derecho a recibir la parte proporcional.
Además, la Ley Federal del Trabajo señala que el empleador está obligado a pagar el aguinaldo en tiempo y forma.
Los trabajadores que deben recibir aguinaldo pueden pertenecer al sector público o privado.
No importa que el empleado sea de base, de confianza, de planta, sindicalizado, eventual, por comisión o vendedor, mientras tenga una relación con un patrón, tiene derecho al aguinaldo.
Lo más conocido es que el pago del aguinaldo corresponde a quince días de trabajo; no obstante, este monto no es igual para todos los empleados.
Si una persona no cumplió con un año de trabajo, su aguinaldo será menor.
Algunos trabajadores del sector público reciben más de quince días de salario como aguinaldo.
La Profedet destaca que los quince días de salario como aguinaldo es el mínimo, aunque el empleador puede entregar más.
¿Cuándo se da el aguinaldo?
En diciembre de cada año se entrega el aguinaldo a los trabajadores, pero el empleador no cuenta con todo el mes para cumplir con su obligación.
Usualmente, los trabajadores reciben en los primeros días de diciembre su aguinaldo.
Los servidores públicos pueden recibir una parte del aguinaldo desde noviembre, cuando se celebra El Buen Fin.
La ley marca que como fecha límite el 20 de diciembre para que un empleador cumpla con su obligación.
Después de esta fecha, el aguinaldo deberá estar cubierto en su totalidad o, de lo contrario, el patrón puede recibir multas.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
El caso más simple para calcular el aguinaldo es el de un trabajador que estuvo todo el año laborando con un sueldo uniforme.
En esta situación, si un trabajador gana 10 mil pesos mensuales, recibirá 5 mil de aguinaldo.
El sueldo mensual debe dividirse entre 30 (los días que se considera tiene un mes) y luego multiplicarlo por quince.
Si no estuviste laborando todo el año y quieres calcular lo proporcional sigue estos pasos:
- Calcula cuánto te tocaría de aguinaldo si hubieras trabajado todo el año en el mismo sitio. Tomando el ejemplo anterior, el aguinaldo sería de 5 mil pesos.
- Divide esa cantidad entre los 365 días del año. 5 mil pesos entre 365 da 13.69.
- Multiplica lo que te salga por los días que trabajaste. Si estuviste seis meses, multiplicarías 13.69 por 180 días.
- El resultado es la parte proporcional de aguinaldo que te corresponde; en este caso, serían 2 mil 465 pesos.
Si en el año tuviste un salario variable, el aguinaldo se calcula por el sueldo diario promedio.
En algunas ocasiones se puede considerar el sueldo que se percibió durante los últimos 30 días.
Cuando un empleado tuvo faltas también se verá reflejado en el aguinaldo.
Las faltas no justificadas deben descontarse en el cálculo del aguinaldo como si no hubieras laborado todo el año.
¿Pueden reducir mi aguinaldo por la pandemia?
En 2020 la pandemia de COVID-19 puso en jaque a varias empresas y trabajadores.
Al término el año, la duda de muchos empleados es si recibirán su aguinaldo conforme lo marca la ley.
La Profedet señala que, al ser un derecho, el aguinaldo debe entregarse completo sin que influyan los problemas de cada compañía.
Un trabajador debe recibir el aguinaldo correspondiente y no pueden entregarle un monto menor bajo el argumento de la pandemia.
El organismo federal explicó en un comunicado que el aguinaldo es un derecho del que no se le puede privar al trabajador.
Añadió que todos los trabajadores deben recibir su aguinaldo antes del 20 de diciembre y el hecho de no haber laborado el año completo no es impedimento para recibir la parte proporcional.
¿Qué hacer si no me pagan mi aguinaldo?
En caso de que un empleador no pague el aguinaldo en tiempo y forma, será acreedor a una multa que va de las 50 a las 500 UMA.
Una unidad de medida y actualización (UMA) corresponde a 86.88 pesos.
En caso de que no recibas tu aguinaldo o este sea incompleto, acude a la Profedet, donde recibirás asesoría de un abogado.
Para reclamar el pago de aguinaldo contaras con un año, durante el cual podrás seguir el proceso contra el empleador.
Después de que pongas tu queja ante Profedet, se enviará un citatorio a la empresa en el que se señale que no está cumpliendo con sus obligaciones.
Si la empresa no atiende al llamado, se iniciará una demanda laboral ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.
Para resolver dudas o recibir asesorías puedes acercarte a la Profedet en su página web, por vía telefónica o visitando una instancia.
En procuraduriadigital.stps.gob.mx podrás contactar a algún asesor de la instancia.
La Profedet pone a disposición de los trabajadores el siguiente correo electrónico: [email protected]
También recibirás orientación en los números 800 717 29 42, 800 911 78 77 77 y 55 59 98 20 00 con extensiones 44740 y 44741.
Con información de Infobae, Uno TV, Gluc, Marca, Milenio y Profedet
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