¿Cuáles son los pasos a seguir para ‘reclamar’ una herencia?
Ante la pérdida de un ser querido, los integrantes de la familia se ven obligados a llevar a cabo una serie de trámites que consisten en el reclamo de la herencia que se dejan en vida o el reparto de bienes conforme lo indique la ley.
Si te encuentras en esta situación como esta o conoces a alguien que no sepa qué procede con los trámites correspondientes, es importante que tomes en cuenta que para cualquiera de los casos antes mencionados se debe acudir con la autoridad.
En caso de que el familiar fallecido haya dejado testamento, los deudos deben acudir ante un notario público; sin embargo, si es intestado, se tiene que solicitar la participación de un juez para que determine la repartición, por lo que en este punto no se podría respetar lo que la persona que perdió la vida tenía planeado.
De esta forma, el notario Luis Eduardo Paredes Sánchez refirió que una vez que se tiene definida esa parte, las personas que cuentan con testamento únicamente tienen que ir a una notaría para tramitar la aceptación de la herencia.
Asimismo, el también integrante de la Comisión de Comunicación del Colegio de Notarios de la Ciudad de México (CDMX) precisó que antes de fallecer, la persona determina quién o quiénes serán sus herederos, además de que elige legados, albacea, tutores y curadores para que se realice el reparto de bienes.
Así pues, aunque cualquiera de los involucrados en el testamento puede realizar los trámites correspondientes, regularmente el albacea es quien tiene la obligación de acudir a la notaría para presentar el testamento, al igual que el acta de defunción y posteriormente citar a los familiares para realizar la aceptación de la herencia.
Por su parte, BBVA México recuerda que antes de reclamar una herencia, se debe contar con una serie de documentos oficiales, los cuales se tienen que presentar a lo largo del proceso.
Dichos documentos son el certificado de defunción, el cual se puede solicitar en el Registro Civil del lugar de residencia del fallecido; el certificado de actos de última voluntad, que se puede obtener en el Ministerio de justicia; y el certificado de seguros con coberturas de fallecimiento, que especifica los contratos vigentes en los que la persona en cuestión estaba asegurada.
Con información de Expansión, BBVA México y Cuenta Facto
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Interiores: Facebook DeLey Asistencia Legal y Yolanda Sánchez