¿Está Cuba dejando atrás la homofobia oficial?
“¿Estas de acuerdo, si o no, con el Código de Familias”? Con esta pregunta se enfrentaron los cubanos y cubanas el pasado 25 de septiembre de 2022 al tercer referéndum de la historia reciente del país, posterior a los efectuados con características constitucionales en 1976 y 2019.
En la mañana del día 26 de septiembre, la presidenta del Consejo Electoral Nacional de Cuba, Alina Balseiro Gutiérrez, proclamó que el Código de las Familias había sido aprobado. La instancia electoral cubana comunicó que el proceso se había iniciado con 8 447 467 electores, de los que ejercieron el derecho al voto 6 269 427, el 74.12 % de asistencia a las urnas. Votaron por el sí, 3 950 288 electores, el 66.85 % del total de papeletas válidas. Votaron por el no 1 959 097 electores, el 33.15 %.
De esta forma, Cuba se convirtió en el país número 34 en el que, de manera parcial o total, se legaliza el matrimonio entre personas del mismo sexo.
El nuevo Código de las Familias sustituye al anterior de 1975 y abre las puertas a la adopción de hijos por parte de parejas LGBT y la gestación subrogada sin fines de lucro.
Con respecto a esto último, este tipo de gestación no constituye una puerta abierta o una hipótesis de apéndice al Código de Familias, sino una certeza, ya que entró en vigor desde el pasado 28 de octubre de 2022 el Reglamento para la reproducción asistida en seres humanos, emitido por el Ministerio de Salud Pública de Cuba, después de su publicación en la Gaceta Oficial Nº 67 de la República de Cuba.
Gestación subrogada sin fines de lucro
El reglamento define los requisitos para habilitar y certificar a los centros, servicios, bancos de gametos y embriones que se requieren para atender estos procesos en los diferentes niveles del Servicio Nacional Cubano de Salud. Además del matrimonio igualitario, la posibilidad de que parejas del mismo sexo adopten niños o la “gestación solidaria” –subrogada sin fines de lucro–, el código contempla otros cambios en las interacciones familiares.
Incluye la penalización de los agresores domésticos en aspectos relacionados con la custodia de sus hijos, el reparto de bienes o la herencia; protege la comunicación entre los menores y sus abuelos en caso de divorcio e incorpora legalmente a madrastras y padrastros como tutores. Permite que los padres puedan elegir el orden de los apellidos de sus hijos y extiende la protección de los adultos mayores o discapacitados.
Retomando el tema de los matrimonios igualitarios en Cuba, la directora general de Notarías y Registros Públicos, Olga Lidia Pérez Díaz, manifestó que continúa el incremento de los matrimonios, que en noviembre ascendieron a 7 849. Entre personas del mismo género se registraron 37 nuevas bodas en ese periodo, con lo cual suman 112 durante los dos primeros meses de vigencia del Código de Familias.
Es necesario señalar que, a pesar de las cifras en aumento, se insiste en la necesidad de una mirada autocrítica con relación a la implementación del Código de las Familias en Cuba y la capacitación de los funcionarios para adaptarse a esta nueva ley –se continúan usando los términos “el cónyuge y la cónyuge”, por ejemplo–.
¿Cambio democrático o postura camaleónica?
Ante este panorama nos enfrentamos a múltiples miradas y decenas de perspectivas que buscan responder a un interrogante: ¿está Cuba aún marcada por el machismo exacerbado en las décadas de 1960 y 1970 o vive un cambio democrático, una nueva etapa de progreso político, social y cultural? ¿Es, simplemente, un transformismo o una postura política camaleónica?
Entendemos que la temática del matrimonio igualitario en Cuba acapare todos los titulares debido a la marca y sello de machismo encolerizado de las décadas de 1960 y 1970, cuando el Gobierno condenó al confinamiento a muchos homosexuales o los envió a campos militarizados de trabajo agrícola, las tristemente conocidas y recordadas Unidades Militares de Ayuda a la Producción (UMAP) de 1965, cuyo objetivo era transformar a los integrantes de estos grupos en miembros productivos de la sociedad, en línea con la ideología revolucionaria y con las necesidades laborales del Estado.
Este triste experimento social culminó en 1967, como una resultante de las protestas internacionales y las disidencias internas, asumiendo el gobierno cubano un sumario gradual de rectificación que se ha manifestado de diferentes formas. Por ejemplo, en el ámbito legal, durante las décadas de 1970 y 1980 el Código Penal fue modificado de modo que no se consideró más a los homosexuales como “figuras delictivas”.
Hacia fines de 1980 y principios de 1990, se advirtió un cambio de postura en la esfera cultural, visibilizado con el premio en 1989 del poema Vestido de novia, de Norge Espinosa; la publicación de escritores antes marginados como Virgilio Piñera y el estreno en 1993 de la película Fresa y chocolate, producida por el Instituto Cubano del Arte e Industria Cinematográficos (ICAIC), que se convirtió en un éxito nacional e internacional.
Derechos a sectores políticamente maltratados
En Cuba, ciertamente, ocurre algo importante, pero no se puede analizar desde una posición de simpleza. El escenario es complejo y multidimensional y parece estar más bien vinculado a un ambicioso proceso cíclico histórico político a través del cual el Estado concede derechos a sectores políticamente maltratados, pero simbólicamente cargados. Esto no solo le brinda una nueva cara a la entidad político nacional, sino que la actualiza, rejuvenece y transforma, en este caso particular desmontando la “homofobia oficial” que permitió perseguir selectivamente a personas no gratas por razones asociadas a la disidencia política.
Las décadas de 1960 y 1970 estuvieron marcadas por la desnaturalizada y perseguida “santísima trinidad”: homosexual, disidente e intelectual. Esta se erigía como contraria a los preceptos de la naciente revolución cubana y contraria al ideal del Hombre Nuevo de la revolución.
Belkis Rojas Hernández, Docente e investigadora, Universidad de La Rioja
Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.