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TEPJF ordena a la Cámara de Diputados fijar reglas claras para nombramiento de cuatro consejeros del INE

TEPJF ordena a la Cámara de Diputados fijar reglas claras para nombramiento de cuatro consejeros del INE

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La Gran Carpa

Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificaron la convocatoria emitida por la Cámara de Diputados para elegir a cuatro nuevos consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE).

Ordenaron al Comité Técnico de Evaluación, encargado de evaluar los perfiles de los candidatos, identificar claramente la quinteta para el cargo de presidenta o presidente del Consejo General del INE, así como establecer reglas claras en materia de paridad de género, además de actuar con completa autonomía de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados.

“Esta Sala Superior es competente para conocer de este tipo de asuntos, ya que las actoras controvierten un acuerdo de la Cámara de Diputados, del Congreso de la Unión, relativo al proceso de designación de consejerías electorales del Consejo General del INE, por lo que la revisión judicial de este acto corresponde de forma exclusiva a este órgano jurisdiccional”, advirtió el presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón.

En sesión de pleno urgente, el magistrado presidente dijo que el asunto alega la afectación al ejercicio de derechos político-electorales de las ciudadanas y la Ley de Medios, lo que confiere al Tribunal Electoral la revisión de ese tipo de actos, concretamente tratándose del proceso de designación de las autoridades electorales.

El pleno de la Sala Superior estableció que la convocatoria emitida por la Cámara de Diputados da una indebida intervención a su Junta de Coordinación Política en dos momentos distintos del procedimiento de evaluación de las personas aspirantes.

Lo anterior debido a que el artículo 41 constitucional no establece que el Comité de Evaluación deba de informarle a la Junta de Coordinación de las decisiones que emita durante las distintas fases de evaluación, sino que hasta que integre las listas de las propuestas mejor evaluadas.

De esa forma, el Tribunal estimó que la convocatoria le otorga a la Junta de Coordinación una atribución que no le corresponde, con lo que se trasgrede el principio de legalidad, aunado a que pone en riesgo la autonomía e imparcialidad en la actuación del Comité.

Lo anterior, sin perjuicio de que el Comité de Evaluación, en atención al principio de máxima publicidad, deba dar a conocer las diferentes listas de aspirantes que irán avanzando en las distintas etapas de evaluación.

También determinó que debe diferenciarse el cargo de la Presidencia del Consejo General del resto de las consejerías electorales a designar, para efectos de dar cumplimiento al principio de paridad de género y para su presentación ante el Pleno de la Cámara.

Lo anterior, porque de la interpretación armónica de los incisos b) y c) del apartado A, de la Base 5 del artículo 41 de la Constitución General que disponen que el Comité de Evaluación debe verificar la idoneidad de las personas aspirantes para desempeñar el cargo, y se advierte que debe integrar una quinteta específica para la Presidencia del Consejo General; de ahí que, la designación por parte del pleno de la Cámara debe realizarse a través de cédulas diferencias de votación para esa Presidencia y para el resto de las consejerías electorales a designar, en atención a que cada uno de esos cargos tienen atribuciones distintas y funciones específicas.

Por tanto, tendrá que ser la propia Cámara de las Diputados, en ejercicio de sus competencias y atribuciones, la que deba emitir de forma fundada, motivada y exhaustiva los lineamientos que habrán de aplicarse en la designación para dar cabal cumplimiento al principio de paridad de género, a partir de diferenciar las listas para la Presidencia de las demás consejerías.

La magistrada Janine Otálora dijo que una de las grandes ventajas que tuvo la reforma constitucional de 2014 fue la creación del Comité Técnico de Evaluación que de manera autónoma está encargado de examinar y evaluar los perfiles de todas las candidaturas para ocupar una consejería electoral.

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