Todo lo que debes saber sobre un contrato de trabajo
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El contrato de trabajo establece los derechos y obligaciones del empleador y el empleado. A continuación, te decimos qué debe llevar.
Un contrato de trabajo permite establecer un acuerdo entre un empresario y un trabajador. De esta manera, se fijan detalles importantes, como el horario, los beneficios y el salario.
Sin importar si es temporal o indefinida, toda relación laboral debe estar documentada.
Aunque durante mucho tiempo se autorizaron los contratos verbales en México, actualmente la ley no lo permite. Sin importar de qué tipo de acuerdo se trate, debe quedar por escrito.
En caso de que el patrón realice contrataciones fuera de la normatividad, puede exponerse a sanciones. Esto, sin mencionar que la contratación no tiene valor legal.
Tanto la empresa como el trabajador deben conocer y tener bien claros sus derechos y obligaciones. Por ello, es importante que ambos sepan cuáles son los diferentes tipos de contratación que existen.
Pero antes de que lleguemos a ese punto, te explicaremos algunos conceptos básicos.
¿Qué es y para qué sirve un contrato de trabajo?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece en su artículo 20 qué es un contrato individual de trabajo:
“Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario”
Sin embargo, en el Derecho Laboral Mexicano el vínculo jurídico entre empleador-empleado no depende de un ‘acto contractual’.
Por ello, la LFT ha concedido los mismos efectos jurídicos a la relación laboral como al contrato firmado.
De esta forma, el vínculo jurídico entre trabajador-patrón surge de la prestación misma del servicio prestado.
Sin importar qué tipo de actividades desempeñe el empleado, intelectuales, materiales o mixtas, el empleador está obligado a pagar un salario.
Debido a lo anterior es muy importante que el personal de recursos humanos esté actualizado en el tema de contratación laboral. Solo de esta forma podrán desarrollar planes y estrategias al momento de llegar a un acuerdo con los colaboradores de una organización.
Asimismo, los expertos recomiendan que una copia del contrato sea entregada a ambas partes.
¿Qué tiene que aparecer en un contrato de trabajo?
Los términos comunes en un contrato de trabajo son los siguientes:
Trabajador: persona física que presta a un trabajo o servicio personal subordinado. No importa si es a otra persona física o moral.
Patrón: persona física o moral que emplea los servicios de uno o varios empleados.
Salario: retribución monetaria que debe otorgar el patrón al trabajador por sus servicios.
Subordinación: los trabajadores tienen la obligación de prestar sus servicios bajo la dirección del patrón. Él es quien tiene un poder jurídico de mando.
Asimismo, un contrato de trabajo debe contar con la siguiente información:
- Datos de identificación (patrón y trabajador)
- Inicio y término de la relación laboral
- Servicios que se prestarán
- Lugar en el que se realizará la actividad laboral
- Horario de la jornada de trabajo
- Monto del salario
- Día, lugar y forma de pago
- Días de descanso
- Vacaciones
Además, el contracto debe establecer las obligaciones recíprocas dentro de la relación laboral.
Tipos de contrato de trabajo
En México, la LFT establece diferentes tipos de contratos laborales vigentes:
Por tiempo determinado
Un ejemplo de estos contratos son los de temporada navideña o cuando se necesite reemplazar de forma temporal a otro trabajador. Además, solo podrá concluir cuando termine la causa que le dio origen.
Por obra determinada
Tal es el caso de la contratación de trabajadores para realizar una determinada construcción. Puede ser un edificio, hospital, entre otros.
Por trabajo de temporada
Son especialmente para labores fijas y periódicas, pero discontinuas. Pueden ser por temporada o que no requieran del servicio prestado toda la semana, el mes o incluso el año. Sin embargo, los trabajadores no estarán obligados a mantener la relación laboral más de doce meses.
Un ejemplo de estos contratos se da en las temporadas de cosecha, cuando se necesita mano de obra para recolectar frutos.
Para capacitación inicial
El trabajador presta sus servicios para obtener las habilidades que necesita para realizar su actividad laboral. Sin embargo, no puede durar más de tres meses.
La excepción en estos casos son los puestos de dirección, gerenciales o de administración. Estos tienen hasta seis meses.
Si al finalizar el periodo de capacitación el aplicante no califica para ser contratado, el patrón podrá terminar el acuerdo sin responsabilidad alguna.
Con periodo de prueba
Estos no deben rebasar los 30 días, pues el acuerdo tiene el propósito de asegurarse de que el trabajador cumple con los requisitos y habilidades.
Al igual que en el caso anterior, solo en puestos de dirección, gerenciales o administrativos, el plazo podrá extenderse. Sin embargo, no debe sobrepasar los 180 días.
Asimismo, de comprobarse que el empleado no cumple con las expectativas, el acuerdo terminará sin consecuencias para el patrón.
Documentos necesarios para firmar un contrato de trabajo
Por lo general, para firmar un contrato de trabajo, el empleador debe contar con algunos documentos del empleado. Estos pueden variar entre empresas y organizaciones, pero en general son los siguientes:
Acta de nacimiento: certifica la identidad, nacionalidad y edad del trabajador
Currículum Vitae y/o solicitud de empleo: aunque algunos lo piden en digital, la mayoría todavía lo solicita impreso. Cuidado con las faltas de ortografía y la legibilidad
Credencial del INE: es la identificación oficial en nuestro país. Debe estar siempre a la mano y actualizada
Clave Única de Registro de Población (CURP): se puede buscar y descargar de internet sin costo alguno
Número de Seguro Social (NSS): en caso de que el trabajador no lo tenga, la empresa puede solicitarle uno para afiliarlo al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
Certificado, título y/o cédula profesional: sirve para acreditar la preparación del empleado
Otros documentos necesarios
Comprobante de domicilio: puede ser el recibo de luz, teléfono, agua o predial. Aunque no debe estar a nombre del trabajador, sí debe ser reciente
Carta de recomendación: lo ideal es que sea escrita por un exjefe, exempresa, antiguos profesores o excolegas, no de familiares
Registro Federal de Contribuyente (RFC): se puede obtener incluso si el trabajador no cuenta con historial laboral
Aviso de retención de Infonavit: esto es para quienes tienen activo un crédito hipotecario y han cambiado de empleo. Permite a la nueva empresa hacer los pagos correspondientes de la nómina para que el financiamiento esté al corriente
Algunas empresas pueden pedir fotografías, cartilla militar, certificado médico, licencia de conducir, pasaporte, visa y hasta carta de antecedentes no penales. Todo depende de la empresa u organización y del puesto.
A continuación, te mostramos un ejemplo de un contrato de trabajo:
Con información de Debitoor, Cofide y Modelo Curriculum
Portada: El Diario de Finanzas
Interiores: Pexels