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¿Quieres entrar a la Modalidad 40 del IMSS? Revisa estos puntos clave

¿Quieres entrar a la Modalidad 40 del IMSS? Revisa estos puntos clave

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Juan Andrés Félix Valenzuela, jefe de oficina en Vigencia de Derechos del IMSS Hermosillo, detalló que para participar en la continuación voluntaria del régimen obligatorio del Seguro Social, los requisitos estipulados son haber cumplido con un mínimo de 52 semanas cotizadas y un periodo menor de cinco años después de haberse dado de baja.

Asimismo, precisó que la conocida ‘Modalidad 40‘ es un trámite u opción que tienen las personas que tuvieron un patrón y cuyo contrato haya terminado.

“Esto es principalmente para acceder a una pensión, es el principal motivo para la adquisición de este tipo de aseguramiento, poder tener el derecho a la pensión en caso de ya no contar con una relación laboral. Es importante mencionar que la continuación voluntaria solamente aplica para cotizar semanas para efecto de una pensión; en este caso no tienen derecho a las atenciones médicas, prestaciones en especie o lo que serían los servicios médicos, incapacidades y todo lo que implique subsidios”.

Es de suma importancia que antes de tramitar la Modalidad 40 del IMSS te asegures de que cuentas con la conservación de derechos, de no ser así, es posible recuperar las semanas cotizadas de manera inmediata si no han pasado más de tres años de la baja al reingresar al régimen obligatorio, si ya pasaron tres años pero menos de seis, a las 26 semanas del reingreso se recuperan los derechos.

En caso de que ya hayan pasado más de seis años, tendrá que cotizar al menos 52 semanas para recuperar sus derechos.

https://twitter.com/GiancoAbundiz/status/991359116978290688

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La Modalidad 40 aplica solamente para las personas que empezaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997, por la Ley del IMSS de 1973, la cual con una buena estrategia permite recuperar tus semanas y cotizar mejor, para tener una pensión más elevada.

  1. Debes tener al menos 52 semanas cotizadas acreditadas en los últimos cinco años a partir de la baja para recuperar semanas en los seguros de Invalidez, Cesantía y Vejez.
  2. Debes cotizar con un salario igual o mayor al que venía reportando tu patrón a la fecha de la baja, nunca un salario menor, que disminuya tu pensión.
  3. Debes presentar un escrito libre solicitando la incorporación a la Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (CVRO).
  4. Debes realizar el trámite e información de costos para la CVRO que se realiza en el Departamento de Afiliación Vigencia de la subdelegación que le corresponda. Si lo haces en línea, asegúrate de conocer los requisitos antes de iniciar el trámite.

Con información de Zócalo
Foto: Vanguardia