Falta de registro de propiedad intelectual impide crecimiento de mipymes
Comenzar una micro, pequeña y mediana empresa (mipyme) es un gran trabajo que no debe tomarse a la ligera, no se trata de solo comenzar a vender y darse a conocer, hay que tener en regla los permisos para operar, así como un registro de derechos de propiedad intelectual, uno de los temas que muchas veces pasa desapercibido, pero que sin el mismo, el crecimiento del negocio será prácticamente imposible.
El registro de marca y patentes, inherentes a los derechos de propiedad intelectual, son elementales para tener un negocio exitoso, sin importar que la empresa sea micro o grande, pues todo o que se cree debe protegerse o de lo contrario puede ser plagiado.
“Actualmente, la globalización y el Internet demandan procesos necesarios para proteger sus marcas, invenciones, pero, sobre todo, sus secretos industriales. Todas ellas fundamentales para mantener un desarrollo económico próspero tanto de las grandes empresas como las mipymes”, explicó Guillermo Solórzano, Socio Fundador de Solórzano Linaldi (SL), firma de soluciones legales.
Todos los bienes intangibles como marcas, patentes o derechos de autor, deben ser registrados por las empresas desde el primer día que se genera la idea, porque si se lanza sin el proceso, aumenta la exposición de robo, problemas legales e incluso puede ser descartada para otorgar financiamiento.
Solórzano indicó que cuando los pequeños empresarios no protegen su propiedad intelectual, por lo que no son considerados los dueños o titulares de los activos, tendrán mayores problemas para vender o buscar fuentes de inversión porque no generan confianza ni formalidad.
De acuerdo con datos del Instituto Mexicano de Propiedad Intelectual (IMPI), 97% de los registros de marcas son de mipymes, lo que refleja la conciencia de realizar el proceso: sin embargo, hay muchos micro negocios que no lo consideran primordial por ser de menor tamaño. Otra de las razones para no hacerlo es el costo que conlleva el trámite.
Ante esto, el pasado mes de abril, el IMPI en colaboración con la Secretaria de Economía, se aliaron para reducir en un 90% el precio de registro de marca con el fin de incentivar el registro de los micronegocios en el país para que así pudieran reactivar mejor su economía y blindar mejor sus ideas. La campaña duró un mes pero con la posibilidad de volver a realizarla en un futuro. Actualmente el costo del trámite es de 2,457.79 pesos.
Los tipos
Para saber qué procedimiento deben hacer las microempresas, si registro de marca, patente o secretos comerciales, se debe analizar lo siguiente:
- De marca: es necesaria para todas las empresas porque es la identidad del negocio. Puede ser el nombre una palabra, símbolo, artefacto o la combinación de éstos. Así se distinguirán sus productos y organización en el mercado. Esto es crucial si se tienen planes de exportación.
- Patente: solo es aplicable a invenciones, es decir, un producto inventado o un método o proceso que sea innovador y que no esté registrado en el mercado. Esta es crucial, por ejemplo, para las pymes que crean tecnología para elaborar un alimento como un proceso de congelación que no exista en el mercado o la fórmula de productos de belleza.
- Secretos comerciales: es la información estrictamente confidencial, de aplicación industrial o comercial que representa una ventaja competitiva o económica frente a terceros y sobre la cual se ejerce el control legal.
- Derechos de autor: les pertenece a quienes crean obras artísticas y literarias en todas sus manifestaciones, tales como libros, pinturas, música, esculturas, anuncios, entre otros.
Los pasos del registro
Solórzano indica que para que las mipymes puedan lograr su registro adecuadamente, lo primero es asegurarse que la marca esté disponible, lo que puede verificarse en el portal de Marcanet, el servicio de consulta sobre información de marcas del IMPI, donde se pueden ver los nombres y sectores a los que pertenecen.
Cabe mencionar que si una marca ya existe con el nombre que se desea registrar, pero pertenece a otro sector y su actividad comercial es diferente, sí se puede registrar la deseada porque no son competidores.
Asimismo, el trámite se podría hacer en el portal del IMPI o en las oficinas, donde se requieren los siguientes documentos:
- Solicitud de Protección de Signos Distintivos A (Marcas, Marcas Colectivas, Marcas de Certificación, Aviso Comercial o Nombre Comercial) o Solicitud de Protección de Signos Distintivos B (Marca Holográfica, Marca Sonora, Marca Olfativa, Imagen Comercial o la combinación de las anteriores).
- Hoja adicional complementaria al punto “Datos generales de las personas”.
- Comprobante de pago.
- Documento que acredita la personalidad del mandatario (puede ser copia certificada y es opcional).
- Constancia de inscripción en el Registro General de Poderes del IMPI (opcional).
- Reglas de uso, solo si el signo distintivo se presenta por más de un solicitante (cotitularidad).
- Hoja adicional complementaria al punto “Productos o servicios en caso de Marca o Aviso Comercial/Giro comercial preponderante”.
- Hoja adicional complementar al punto “Leyendas o figuras no reservables”.
- Traducción de los documentos presentados en idioma distinto al español, en su caso.
- Legalización o apostilla de los documentos anexos provenientes del extranjero, en su caso.
- Carta consentimiento o documentos que acrediten la adquisición de un carácter distintivo derivado del uso en el comercio. Original o copia certificada.
“Para proteger su propiedad intelectual los empresarios requieren en el mejor de los casos, acercarse con abogados profesionales que brindan asesoría y acompañamiento legal y técnico en todo momento”, finalizó Solórzano.